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MARCHA ATRÁS EN LEY EDUCATIVA
2014-04-16 - 10:15
Pese a la resistencia del presidente del Congreso local, el diputado Juan Nicolás Callejas Arroyo, quien había insistido en que la Ley Educativa estatal no tendría modificación alguna, y que no había razón para que el gobierno federal interpusiera una controversia constitucional para ajustarla al espíritu de la nueva ley nacional, ayer mismo –en un rapto de cordura y vertiginoso procedimiento– tuvo que ser modificada.
Su enconada respuesta a las observaciones hechas por Claudio X. González, de la organización Mexicanos Primero (en el sentido de que la ley veracruzana desatendía conceptos fundamentales para la mejora del quehacer educativo), y su reiterada invocación a la autonomía de la entidad para hacer lo que el magisterio local creía lo más conveniente a sus intereses, fueron sepultadas ayer en un acto legislativo que impedirá que la autoridad estatal priista se enfrente en tribunales al gobierno federal priista.
El antecedente inmediato de que Enrique Peña Nieto y su secretario de Educación, Emilio Chuayffet, no claudicarán ante las resistencias de los gobernadores, lo constituyen las controversias constitucionales interpuestas por el Consejo Jurídico del gobierno federal contra los estados de Oaxaca, Chiapas, Michoacán y Sonora, cuyas leyes locales estaban contrariando la legislación federal en diversos temas.
Son al menos anecdóticas las expresiones de los diputados locales que no han querido reconocer que se dio marcha atrás a la Ley de Educación estatal, sino que sólo hubo ajustes en algunos de sus artículos. En efecto, la ley como fue aprobada sigue vigente, pero se hicieron las modificaciones necesarias para no contrariar el contenido de la reforma educativa.
Apenas este lunes publicaba en este mismo espacio que la reforma educativa pintaba un camino insuperable para despejar las enormes trabas que interpone la profunda corrupción imperante en el sector educativo, pero reconocía que en casos como Veracruz se había desaprovechado la oportunidad.
“Desde la evaluación de los maestros para expulsar de las aulas a quienes no educaran o lo hiciesen inadecuadamente, hasta el control de la nómina por la federación para romper con los círculos locales de corrupción, el propósito se ha roto por intereses políticos de los gobiernos locales que no quieren perder a uno de sus principales aliados electorales”.
Y remataba: “Veracruz ha perdido la oportunidad de poner en orden la casa y de potenciar los alcances de su sistema educativo. Es una pena”.

¿QUÉ CORRIGIÓ LA LEGISLATURA EN LA LEY EDUCATIVA?

Con la aprobación ayer mismo del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Educación del Estado de Veracruz, se ajustan preceptos que se oponían a lo establecido por la ley federal y, con ello, se evita el trago amargo de una controversia constitucional.
La iniciativa de decreto presentada por el gobernador Javier Duarte de Ochoa y aprobada por mayoría en el Congreso local (en ausencia de los diputados del PAN y el voto en contra de dos diputados del Partido del Trabajo y del Movimiento Ciudadano) contempla la modificación del artículo 11 para precisar que las cuotas voluntarias que se efectúen con el propósito de mejorar la infraestructura de las escuelas, comprar materiales educativos y resolver problemas de operación básicos se vincularán únicamente a los programas de gestión que establezca la Secretaría de Educación Pública (SEP).
Más importante fue la modificación de la fracción I del artículo 27, para precisar que el Instituto Veracruzano para el Desarrollo Profesional y la Evaluación Educativa tiene carácter de operador de los procesos de evaluación que, en el marco del Sistema Nacional de Evaluación Educativa, efectúe en coordinación con el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.
Esta reforma somete a los lineamientos nacionales la operación y facultades del instituto local, evitando con ello evaluaciones a modo que pudieran enfocarse a dejar intocables a los profesores evaluados que no cumplieran con los requerimientos básicos para realizar su trabajo frente a grupo.
En este mismo sentido, también se modificó el bloque normativo relacionado con el Servicio Profesional Docente, regulado en el capítulo IV de la Ley de Educación del Estado de Veracruz, y se modificó su contenido para especificar que, tratándose de los procesos de evaluación, serán aplicables las disposiciones previstas en la Ley General del Servicio Profesional Docente. No habrá, por tanto, fórmulas exclusivas para Veracruz que contradigan la letra de la normatividad federal.
También se modificó la fracción VIII del artículo 52 de la Ley de Educación estatal, pues su contenido ya se encuentra previsto en los artículos 7, 8 y 9 de la Ley General del Servicio Profesional Docente, en el artículo 27 de la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, y en el artículo 34 de la nueva Ley de Educación del Estado de Veracruz.
Los diputados modificaron el artículo 60 para precisar que el perfil idóneo para participar en los concursos de oposición, corresponderá al académico con formación docente pedagógica o en áreas afines a los niveles educativos, privilegiando el perfil pedagógico docente de los candidatos, además de considerar perfiles correspondientes a las disciplinas especializadas de la enseñanza, de conformidad con los requisitos establecidos en las convocatorias expedidas para tal fin.
En apego a aquella norma de derecho establece que no pueden afectarse los derechos adquiridos por personas mediante la aplicación retroactiva de una ley, se modificó el artículo 75, pero para ser aplicada a aquéllos que recién ingresen al sistema educativo estatal, preservando los derechos de quienes cuentan con plaza laboral en firme; se buscó que no alterara el contenido ni las previsiones jurídicas otorgadas a quienes ya laboran en él.
Como para decirle a Callejas: ¿No que no tronabas, pistolita?

Comentarios: belin.alvaro@gmail.com / www.formato7.com/columnistas

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